La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, de la cual el Perú es parte, señala en su artículo 2.1 literal a) que se entiende por “Tratado” un acuerdo internacional celebrado por escrito entre estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular. Así, un tratado puede tener diversas denominaciones como “acuerdo”, “convenio”, “memorándum de entendimiento”, “carta”, entre otras, sin que ello altere su naturaleza jurídica. Igualmente, el Perú puede celebrar tratados con otros sujetos del Derecho Internacional, como las organizaciones internacionales, con capacidad para ello.
Para que un tratado forme parte del derecho nacional, debe seguirse el procedimiento de perfeccionamiento interno en virtud de lo dispuesto por los
artículos 55, 56 y 57 de la Constitución Política del Perú , la
Ley N° 26647 “Establecen normas que regulan actos relativos al perfeccionamiento nacional de los Tratados celebrados por el Estado Peruano” , y el Reglamento del Congreso de la República.
La Dirección General de Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores es el órgano de línea que se encarga del perfeccionamiento interno de los mismos y de proponer las normas y lineamientos técnicos para la adecuada suscripción, perfeccionamiento interno y registro de los tratados y demás instrumentos internacionales que celebra el Estado peruano, entre otras.
La Directiva N° 001-DGT/RE-2013 establece los lineamientos generales internos relacionados con la suscripción, perfeccionamiento interno y registro de los tratados, que deben observar las dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores para que la Dirección General de Tratados pueda cumplir con las funciones asignadas. Asimismo, en
la Directiva N° 002-DGT/RE-2013 se establecen los lineamientos generales que igualmente deben observar las entidades de la Administración Pública para una ejecución eficaz y oportuna de los procedimientos relacionados con la suscripción, perfeccionamiento interno y registro de los tratados.
* Compendio de normas relativas a los tratados en el Perú
En el “Archivo Nacional de Tratados Embajador Juan Miguel Bákula Patiño”, a cargo de la Dirección General de Tratados, se custodian los tratados bilaterales y multilaterales celebrados por el Perú desde 1821, a los que se puede acceder a través del enlace:
http://apps.rree.gob.pe/portal/webtratados.nsf
La base de datos del Archivo Nacional de Tratados se encuentra en permanente proceso de actualización de información, por lo que cualquier consulta relacionada a los tratados celebrados por el Perú, se puede hacer mediante el correo institucional archivonacionaldetratados@rree.gob.pe